La Escuela De BDSM

CAPÍTULO 14: BDSM Y LEGALIDAD

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CAPÍTULO 14: BDSM Y LEGALIDAD - La Escuela De BDSM
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CAPÍTULO 14: BDSM Y LEGALIDAD

CAPÍTULO 14: BDSM Y LEGALIDAD: El BDSM no es ilegal en España siempre que se practique de manera consensuada y segura. La clave está en el consentimiento explícito y continuado de todas las partes involucradas. Sin embargo, hay ciertas prácticas dentro del BDSM que podrían entrar en conflicto con la legislación española, especialmente si se cruzan ciertos límites legales.

  1. Artículo 15: Derecho a la integridad física y moral
    • «Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes.»
    • Este artículo protege contra cualquier forma de abuso físico o moral. En el contexto del BDSM, cualquier práctica que cause daño significativo o sea considerada degradante podría interpretarse como una violación de este derecho, especialmente si el consentimiento es dudoso o no está claro.
  2. Artículo 10.1: Dignidad de la persona y derechos inviolables
    • «La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social.»
    • La dignidad es fundamental. En el BDSM, es crucial que todas las prácticas respeten la dignidad de los participantes. Cualquier acto que pudiera ser considerado como humillante o denigrante sin el pleno consentimiento de todas las partes podría contravenir este artículo.
  3. Artículo 17: Derecho a la libertad y seguridad
    • «Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad. Nadie puede ser privado de su libertad sino con la observancia de lo establecido en este artículo y en los casos y en la forma previstos en la ley.»
    • Prácticas que impliquen restricción de la libertad, como el bondage o la privación de libertad, deben ser realizadas de manera que no violen la libertad y seguridad de la persona involucrada. El consentimiento informado es esencial, y cualquier acto que sea interpretado como secuestro o detención ilegal sería una violación de este derecho.

Además de la Constitución, es importante considerar el Código Penal español:

  1. Delito de Lesiones (Artículos 147-156 del Código Penal)
    • Cualquier acto que cause daño físico o psicológico puede ser considerado un delito de lesiones, incluso si hay consentimiento. La jurisprudencia española ha reconocido que el consentimiento no siempre exime de responsabilidad penal en casos de lesiones graves.
  2. Delito de Tratos Degradantes (Artículo 173 del Código Penal)
    • Las prácticas que puedan ser consideradas como tratos degradantes pueden ser penalizadas, independientemente del consentimiento.
  3. Delito de Coacciones (Artículo 172 del Código Penal)
    • Obligar a alguien a hacer algo en contra de su voluntad mediante violencia, intimidación o cualquier otra forma de coacción también es ilegal.

Consideraciones importantes

  • Consentimiento explícito y documentado: El consentimiento debe ser claro, informado y documentado. En casos de duda, es fundamental que haya pruebas claras del consentimiento.
  • Límites claros y negociaciones previas: Es vital establecer límites claros y respetar las señales de seguridad (safe words) acordadas.
  • Educación y conocimiento: Asegurarse de que todas las partes involucradas estén bien informadas y educadas sobre las prácticas y sus posibles riesgos.

Un contrato firmado entre ambas partes en el contexto de una relación BDSM puede tener ciertos beneficios, pero también tiene limitaciones significativas en cuanto a su eficacia legal en caso de denuncias.

Beneficios de un contrato BDSM

  1. Prueba del consentimiento: Un contrato puede servir como una prueba de que hubo un consentimiento previo para participar en ciertas actividades. Esto puede ser útil para demostrar que ambas partes acordaron las prácticas de manera informada y voluntaria.
  2. Claridad y límites: Detallar explícitamente las prácticas permitidas, los límites, las señales de seguridad (safe words) y cualquier otra condición ayuda a evitar malentendidos y proporciona una guía clara para todas las partes involucradas.
  3. Protección mutua: Puede ofrecer una sensación de seguridad y protección tanto para el dominante como para el sumiso, ya que establece las expectativas y las normas de comportamiento.

Limitaciones legales de un contrato BDSM

  1. Consentimiento no es defensa absoluta: En España, el consentimiento no siempre exime de responsabilidad penal, especialmente en casos de lesiones graves o tratos degradantes. Según el Código Penal, ciertos actos pueden ser considerados delictivos incluso con consentimiento previo, ya que la integridad física y moral de las personas es un derecho protegido que no puede ser renunciado.
  2. No anula la legislación penal: Un contrato privado no puede anular la legislación penal vigente. Si una práctica es considerada delito según el Código Penal (como las lesiones graves, los tratos degradantes, o la coacción), el contrato no impedirá que se tomen medidas legales.
  3. Evaluación de la validez del consentimiento: En caso de una denuncia, las autoridades judiciales evaluarán si el consentimiento fue realmente libre e informado, y si las prácticas acordadas no excedieron los límites razonables de lo permitido por la ley.

Casos prácticos y jurisprudencia

  • Jurisprudencia: Hay casos en los que los tribunales han valorado contratos de este tipo. Sin embargo, en muchos casos, se ha determinado que el consentimiento en sí no es suficiente para exonerar a alguien de responsabilidad penal cuando se han cometido actos que resultan en daño significativo o que son considerados degradantes o coactivos.

Recomendaciones

  1. Documentación adicional: Además del contrato, es útil mantener registros de conversaciones y acuerdos (por ejemplo, correos electrónicos, mensajes de texto) que demuestren el consentimiento continuo y mutuo.
  2. Consultas legales: Consultar con un abogado especializado en derecho penal puede ayudar a entender mejor las implicaciones legales y a redactar un contrato que tenga el mayor peso legal posible.
  3. Comunicación constante: Mantener una comunicación abierta y continua sobre los límites y el consentimiento durante toda la relación es crucial.

Conclusión

Un contrato en una relación BDSM puede ser una herramienta útil para establecer límites y documentar el consentimiento, pero tiene limitaciones significativas en cuanto a su eficacia legal. No puede anular la legislación penal española ni servir como defensa absoluta en caso de denuncias por lesiones graves o tratos degradantes. Es fundamental entender que el respeto a la integridad física y moral de las personas está protegido por la ley, y cualquier práctica que cruce esos límites podría ser penalizada independientemente del contrato firmado.

Aquí os dejo un ejemplo de un Contrato de Consentimiento para Prácticas BDSM

Grabar las sesiones de BDSM puede tener ciertos beneficios y riesgos legales. Aquí te detallo los aspectos más relevantes:

Beneficios de grabar las sesiones

  1. Prueba de consentimiento continuo: Las grabaciones pueden demostrar que todas las prácticas fueron consensuadas en el momento en que se realizaron, lo que puede ser útil para contrarrestar acusaciones falsas de coacción o falta de consentimiento.
  2. Documentación de los límites: Si en las grabaciones se evidencia el uso de señales de seguridad (safe words) y la respectiva respuesta adecuada a ellas, esto puede ayudar a probar que los límites acordados fueron respetados.
  3. Transparencia y seguridad: Las grabaciones pueden proporcionar una capa adicional de seguridad para ambas partes, ya que todo lo ocurrido estará documentado y podrá ser revisado si surge algún problema.

Riesgos y limitaciones legales de grabar las sesiones

  1. Invasión de la privacidad: Las grabaciones deben ser consensuadas y ambas partes deben estar plenamente conscientes y de acuerdo con ser grabadas. Sin este consentimiento, grabar a alguien podría ser ilegal y violar el derecho a la privacidad.
  2. Uso indebido de las grabaciones: Las grabaciones pueden ser mal utilizadas o compartidas sin consentimiento, lo que podría resultar en un daño significativo para la reputación y la privacidad de los involucrados.
  3. Evaluación judicial del consentimiento: Aunque las grabaciones pueden demostrar consentimiento, las autoridades judiciales evaluarán si el consentimiento fue verdaderamente libre e informado y si no se cometieron actos que excedan los límites legales.
  4. Delitos de lesiones y tratos degradantes: Independientemente de las pruebas de consentimiento, si se considera que las prácticas grabadas constituyen lesiones graves o tratos degradantes, las grabaciones no eximirán de responsabilidad penal.

Recomendaciones para grabar sesiones

  1. Consentimiento escrito: Obtener un consentimiento por escrito para las grabaciones, detallando los propósitos de la grabación y cómo se manejarán las mismas.
  2. Almacenamiento seguro: Asegurarse de que las grabaciones se almacenen de manera segura y que solo las partes involucradas tengan acceso a ellas.
  3. Consultas legales: Consultar con un abogado especializado en derecho penal y privacidad para asegurarse de que las grabaciones cumplan con todas las leyes y regulaciones aplicables.

Conclusión

Grabar las sesiones de BDSM puede ser útil como prueba de consentimiento y para demostrar que se respetaron los límites acordados. Sin embargo, es crucial que las grabaciones sean consensuadas y que se tomen medidas para proteger la privacidad y seguridad de las partes involucradas. Las grabaciones pueden tener valor en un contexto legal, pero no garantizan eximir de responsabilidad penal en caso de que las prácticas se consideren ilegales según el Código Penal español.

La jurisprudencia en el ámbito del BDSM en España se refiere a las decisiones judiciales que han abordado casos relacionados con prácticas consensuadas que podrían contravenir el Código Penal. Aquí tienes algunos puntos clave y ejemplos de jurisprudencia que pueden ser relevantes para tu artículo:

  1. Consentimiento y lesiones
    • Caso del Tribunal Supremo, Sentencia 93/2020 (19 de febrero)
      • En este caso, se evaluó la validez del consentimiento en el contexto de lesiones resultantes de prácticas BDSM. El tribunal determinó que, aunque hubiera consentimiento, este no es suficiente para eximir de responsabilidad penal si las lesiones son graves. El tribunal subrayó la importancia de la protección de la integridad física y moral, lo que implica que ciertos actos, aunque consensuados, pueden ser punibles si exceden los límites legales.
  2. Tratos degradantes y dignidad
    • Audiencia Provincial de Madrid, Sentencia 450/2016
      • Esta sentencia abordó un caso en el que las prácticas consensuadas dentro de una relación BDSM fueron interpretadas como tratos degradantes. El tribunal consideró que, aunque las prácticas fueran consensuadas, si estas eran humillantes y atentaban contra la dignidad de la persona, podrían constituir un delito de tratos degradantes.
  3. Privación de libertad y coacciones
    • Tribunal Supremo, Sentencia 355/2012 (24 de mayo)
      • Este caso trató sobre la privación de libertad en un contexto BDSM. El tribunal evaluó si el consentimiento del participante era válido y suficiente para exonerar al acusado de responsabilidad penal. Se concluyó que la privación de libertad, aunque consensuada, debe ser evaluada con rigor para garantizar que no se cruza el umbral de la coacción o el secuestro, especialmente si el consentimiento es cuestionable.

Principios establecidos por la jurisprudencia

  1. Consentimiento informado
    • El consentimiento debe ser claro, continuo y libre de coacción. La falta de un consentimiento plenamente informado y libre puede llevar a la invalidación del mismo en un contexto judicial.
  2. Límites al consentimiento
    • No todo consentimiento es válido ante la ley. Los tribunales han establecido que ciertos derechos, como la integridad física y moral, son irrenunciables y no pueden ser violados, incluso con consentimiento previo.
  3. Protección de la dignidad
    • Las prácticas que atenten contra la dignidad de la persona, aunque sean consensuadas, pueden ser interpretadas como tratos degradantes y ser objeto de sanciones penales.
  4. Evaluación de las circunstancias
    • Los tribunales examinan detalladamente las circunstancias de cada caso, incluyendo la naturaleza de las prácticas, la relación entre las partes y el contexto en el que se desarrollaron las actividades. Esto implica que las decisiones pueden variar significativamente según los detalles específicos del caso.

Conclusión

La jurisprudencia en España sobre el BDSM subraya la importancia del consentimiento informado, la protección de la integridad física y moral, y el respeto a la dignidad humana. Aunque el BDSM no es ilegal per se, ciertas prácticas pueden cruzar límites legales y ser penalizadas, independientemente del consentimiento de las partes.

Para más detalles y ejemplos específicos, sería recomendable revisar las sentencias mencionadas y otras relacionadas, consultando bases de datos legales o asesorándose con un abogado especializado en derecho penal.

El BDSM puede practicarse de manera legal en España siempre que se respeten los derechos y la dignidad de todas las partes involucradas y se obtenga un consentimiento claro y continuo. Sin embargo, ciertas prácticas pueden entrar en conflicto con la legislación, especialmente si cruzan límites que protegen la integridad física, moral y la libertad de las personas.

Como siempre os digo, mis queridos alumnos, yo no soy un Maestro ni un Tutor, solo expongo mi experiencia, mis conocimientos adquiridos y adquirentes, para que todos podamos aprender.

Vive el BDSM con RESPETO y HUMILDAD.

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HA LLEGADO EL MOMENTO.

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LA ESCUELA DE BDSM
https://laescueladebdsm.com/

Como ya anuncié con anterioridad, ha llegado el momento de dar un paso más en el blog. Tenía varios retos por cumplir, pero poco a poco se van cumpliendo.

Sex shop – Tienda erótica

Desde hace tiempo uno de mis retos era crear un sex-shop para el blog. Ante la imposibilidad de hacer uno propio, tengo una colaboración con la que podéis tener un descuento especial del 5% para los miembros VIP.

La pandemia ha sido un impedimento para la creación de nuevos negocios, además de haber sido un ruina para el país. La mejor opción para poder ofrecer este servicio, ha sido crear una colaboración mediante la cual puedo ofrecer productos de calidad para la ejecución de las prácticas de nuestra cultura.

Saga MyA (Maialen y Aitor)

Otro de los retos era escribir un libro. El primero ya lo he escrito, pero ahora me he impuesto otro reto: hacer la saga. Va a ser un reto de 2 años para completarla, pero voy a por ello.

El segundo libro, ha día de hoy 8 de Marzo, ya ha sobre pasado los dos tercios y queda finalizarlo. Poco a poco se va escribiendo, pero como todos sabemos, unos días tienes que encontrar la inspiración y otros la inspiración te encuentra a ti.

Voy a crear una línea de 6 tazas especiales con los títulos de cada libro y una dedicatoria personalizada para cada persona. Estos productos tendrán un descuento del 10% para los miembros VIP.

Una Comunidad

El último reto era crear una comunidad en la que pudiésemos hablar sin la censura de las redes sociales. Algo que he podido crear al fin, tras probar diversas plataformas y métodos de chat, lo he creado a través de Discord.

Esta plataforma me facilita poder crear una sala general para hablar toda clase de gente, sin límites, ya sean de la cultura BDSM o vainillas. Por otro lado tengo una sala de Dominación (sola y exclusivamente para personas Dominantes), también tengo una de sumisión (exclusivo para personas sumisas). Por último tengo una sala para los miembros de #LaEscuelaDeBDSM, en la que solo podrán acceder personas que estén en el blog.

Hacerse Miembro VIP

Las tarifas que pongo a disposición de todo el mundo son las siguientes.

TIPO DE SUSCRIPCIÓNPRECIO DE SUSCRIPCIÓN
SUSCRIPCIÓN ANUAL10€/AÑO (Renovación anual)
SUSCRIPCIÓN VITALICIA50€ (Una sola vez)

Para más información, puedes ponerte en contacto conmigo a través del correo o de cualquier red social.

Muchas gracias por creer en mí y en este blog. Poco a poco ha ido creciendo hasta superar los 300 seguidores y a punto de alcanzar las 100.000 visualizaciones.

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LA ESCUELA DE BDSM

Tiempo de lectura: 2 minutos

Bienvenidos a La Escuela de BDSM.
Os doy la bienvenida a mi pequeño rincón bedesemero.
La Escuela de BDSM
Para empezar quiero presentarme: Soy AMO DIABLILLO, amo con experiencia y con sumisa en propiedad. Con 43 años de edad y unos cuantos de experiencia en la que he podido aprender sobre este maravilloso mundo de dominación y sumisión.
No soy ningún experto y jamás lo seré, porque en este mundo cada día se aprende algo nuevo y nunca se sabe todo de todo. Me considero aprendiz de todo y maestro de nada, y aunque sea una contradicción en este Blog no actuaré de maestro pero compartiré con vosotros mi experiencia.
La Escuela de BDSM
¿Cuál es el motivo principal para crear este blog? Entre varias razones, el motivo principal es ver cada día como se denigra una cultura por culpa de gente que no quiere aprender ni ser enseñados. Otro motivo es ver como sumis@s son captados por maltratadores que actúan bajo el rol de Dominantes o Am@s. Ya sabemos que hay una parte en la que se azota y golpea el cuerpo de un/a sumis@, pero otra cosa muy diferente es el maltrato que se hace hacia una persona.
Intentaré que sea lo más fiable posible y crearé varias secciones para cada rol. Poco a poco irá aumentando la web y crearemos una gran red de seguidores de BDSM.
Cualquier duda que tengáis se intentará resolver de la mejor manera posible. Por ese motivo creé La Escuela de BDSM

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